El registro de una marca (de productos o servicios), de un diseño, o de un nombre comercial, le otorga a su titular una serie de derechos que tienen como finalidad impedir que terceros utilicen sin su consentimiento, marcas, signos idénticos o similares, para bienes o servicios iguales o parecidos a los que la marca registrada protege.
El derecho de uso de la marca se adquiere desde el momento en que se solicita el registro de dicha marca y no de cuando se emite el Certificado de Registro respectivo. El derecho concedido por el registro de una marca (de productos o servicios), de un diseño, o de un nombre comercial, confiere la posibilidad de actuar contra quien sin el consentimiento del titular de tal derecho:
- Coloque la marca o signo distintivo, sea idéntica o semejante a la registrada por él, sobre productos, envases o envolturas, en productos distintos para los cuales se registraron;
- Usen en el comercio signos idénticos o similares a las marcas registradas, para productos, servicios o nombres comerciales, cuando tal uso pueda causar confusión o riesgo de asociación con los derechos del titular de la marca;
- Usen en el comercio un signo idéntico o similar al registrado, para hacer referencia a productos, cuando dicho uso le cause un daño económico o comercial al titular de la marca, ya sea por una disminución en la distinción de sus marcas o bien por una disminución del valor comercial de éstas, así como por el aprovechamiento indebido del prestigio de las mismas.
La titularidad de una marca protege su empresa, su nombre y su reputación empresarial.
¿Cómo el registro de marcas beneficia a su empresa?
- Le permite posicionarse en el mercado;
- Hace que su empresa adquiera prestigio;
- Obtiene reconocimiento instantáneo y aceptación por parte del consumidor;
- Aumenta sus activos;
- Contar con una marca posicionada y relevante en el mercado atrae negocios e inversión, pues genera interés de compra por parte de terceros.
¿Cómo evitar que registren una marca igual o parecida a alguna de la cual usted es titular?
En Panamá, la Dirección General del Registro de Propiedad Industrial (DIGERPI), publica mensualmente un Boletín Oficial con todas las marcas de las cuales se han solicitado recientemente su registro, luego de examinar y verificar que las mismas cumplen con los requisitos mínimos necesarios y la documentación exigida para dicho registro.
Durante el término de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de este Boletín Oficial, cualquier persona puede presentar Demanda de Oposición al registro de una marca que aparece publicada en dicho boletín, si considera que es igual o parecida a alguna marca de la cual es titular.
Si no tiene su marca registrada, o al menos presentada la solicitud para registro, no puede oponerse al registro de otra marca por parte de un tercero, aunque sea igual o parecida a la suya, corriendo el riesgo que le arrebaten el prestigio y la fama que la misma haya adquirido, por lo que es importante que mantenga su marca registrada, ya que esto es lo que le otorga el derecho a poder oponerse al registro, o solicitud de registro por parte de terceros, de marcas idénticas o similares a la suya.